Traducido por Enrique F. Chiappa
En 25 de octubre, el Supremo Tribunal Federal (STF) votó el derecho de huelga del funcionalismo público. Para el STF, hasta que el Congreso Nacional no discipline la cuestión por medio de ley específica, vale la ley 7.783/89 que regula la huelga en el sector privado — que ya es bastante restrictiva.
Actualmente, hay dos proyectos de ley en tramitación en el Congreso Nacional. Ambos criminalizan y restringen el derecho de huelga.
El ministro Eros Grau afirmó que las huelgas que perjudican los servicios ofrecidos al público serán consideradas ilegales. De esta manera, todas las huelgas del funcionalismo público pueden ser consideradas ilegales. La huelga es el derecho legal de incomodar, de paralizar un servicio. Si la huelga no incomoda a nadie, ella no tiene efecto.
Esta iniciativa anda en el sentido de crear obstáculos a todas las huelgas, tanto en el sector público como en el privado. Se comenta mucho sobre la prohibición de paros en los sectores esenciales del estado. El problema es que todo servicio público es esencial, los administrativos, de salud, educación, etc. Además muchos servicios esenciales son ofrecidos por entidades privadas lo que acaba restringiendo el derecho de huelga en ambos sectores.
Los proyectos de ley anti-pueblo que reglamentan el derecho de huelga de los empleados públicos están próximos de ser votados. Hay un proyecto en el Senado (PLS 84/07) y otro en la Cámara de Diputados (PL 4.497/01).
Los dos proyectos definen las actividades esenciales, que en caso de huelga deben mantener 45% de los servicios funcionando. Las actividades son: urgencias médicas para mantenimiento de vidas, servicios de autopsia, liberación de cadáveres, examen de cuerpo del delito, distribución de medicamentos del Sistema Único de Salud (SUS); control de tráfico aéreo, actividades policiales de seguridad pública y penitenciaria; representación diplomática, estradas, puertos, ferrocarriles y transporte público; inspección agropecuaria y sanitaria; fiscalización tributaria aduanera; abastecimiento de agua, energía eléctrica y servicios de telecomunicaciones.
El PL 4.497/01 prevé la contratación de trabajadores temporarios para suplir la demanda en caso de huelga. El Proyecto, reformulado por el diputado Nelson Marquezelli (PTB-SP) también incluye puniciones para lo que llama de "huelga abusiva". Para él son: paralización que no se encuadre dentro de las formalidades de la ley o que se recuse a prestar los servicios esenciales a la población, de acuerdo con la ley, y mantenimiento de la huelga después de acuerdo o decisión judicial. En caso de abuso, el trabajador puede ser suspendido por 90 días y hasta dimitido. Los sindicatos que tuvieren las huelgas consideradas abusivas podrán tener que pagar 30 mil reales multa/día.
Los dos proyectos son extremamente lesivos a los trabajadores y restrictivos al derecho constitucional de utilizar la huelga como instrumento de lucha por mejores condiciones de trabajo y de vida. Ellos prácticamente imposibilitan la huelga, obligando casi mitad de los funcionarios a continuar trabajando, definiendo casi todos los funcionarios como esenciales, puniendo los trabajadores y sus sindicatos.
Sobre este asunto, lea a continuación la entrevista con la profesora de derecho del trabajo y Auditora Fiscal del Trabajo, Rosa María Campos Jorge.
AND: ¿Cómo ve usted el derecho a huelga?
Rosa: — Mi visión es la de quién observa por deber de oficio lo que ocurre en el mundo real, en la relación entre patrón y empleado. El trabajador no posee muchas armas para defenderse. Él desarrolla la capacidad de unirse en torno de su organización que es el sindicato. La gran arma para exigir un tratamiento justo es el derecho de huelga. Y lógicamente, el derecho de huelga no puede ser limitado a la voluntad, justamente, de aquel contra el cual necesita ser ejercido, que es el patrón explotador.
AND: ¿Cómo analiza la actual discusión sobre la necesidad de una ley de huelga para el funcionario público?
Rosa: — Yo no creo en la ley de huelga. Todavía no vi ninguna que realmente tratase la cuestión desde el punto de vista de las relaciones de trabajo más justas.
AND: ¿Cuál es el problema con respecto a la negociación colectiva?
Rosa: — No existe ninguna legislación, ni para el sector privado ni para el público, que establezca los parámetros de una verdadera negociación colectiva. Hubo una tentativa del actual gobierno, en su primer mandato, con la creación de una mesa nacional de negociación para los funcionarios públicos y que prácticamente no funcionó. Ella fue llamada por muchos como "mesa nacional de engatusar" por que muchas categorías negociaron y discutieron cuestiones importantes como plan de carrera, pero la discusión no fue adelante y en algunos casos el gobierno volvió atrás y ahora no quiere cumplir los compromisos que asumió.
AND: De acuerdo con la Constitución los funcionarios públicos tienen que tener un aumento anual, pero siempre vemos estos trabajadores haciendo huelgas por cuestiones salariales. ¿Por que esto sucede?
Rosa: — Los empleados públicos tienen derecho a un reajuste anual para recomposición de las pérdidas salariales, pero eso no está claramente definido. ¿Por qué no hablan en reglamentar eso? El presidente da 0,01% de aumento para poder decir que cumplió lo que la constitución prevé. Parecía una broma de mal gusto, un absurdo y muchos funcionarios buscaron una forma de devolver ese reajuste, una limosna. Y cuando el gobierno hace eso obtiene apoyo de los grandes empresarios. Ellos apoyan al gobierno, en el sentido de no dar nada a los empleados públicos. Esa es la cuestión. No existe parámetro para la negociación colectiva en el servicio público. Por este motivo, cuando los trabajadores quieren negociar recurren a la huelga.
AND: En el caso de una negociación colectiva, habiendo un sindicato pelego* ¿esto puede representar pérdidas al trabajador?
Rosa: — Es por eso que luchamos contra ese proyecto. Nosotros todavía tenemos una legislación laboral que tutela el trabajador. Ella no da al trabajador el derecho de renunciar a sus derechos por que entiende que el trabajador, presionado por las necesidades, puede renunciar a ellos para tener lo principal, que es de derecho, por lo menos de comer. La excepción es cuando hay acuerdo o convención colectiva de trabajo. Hasta que la legislación no sea modificada en este sentido, aquello que sea acordado, desde el punto de vista legal, solo puede ser mejor de lo que ya existe.
AND: ¿Cómo ve la discusión de la ley de huelga del funcionario público dentro de este contexto de movimiento sindical dividido?
Rosa: — Considero peligrosa la situación del funcionario público. En el gobierno anterior, teníamos una oposición más fuerte, un fundamento teórico que está siendo negado hoy, por las mismas personas que lo defendían.
Ahí llegan con un discurso que rechazamos. Ningún trabajador puede admitir lo que está sucediendo — mismo que venga de un gobierno que se dice vinculado al sindicalismo. Eso no le da el derecho de negar todo lo que los sindicatos y los trabajadores consiguieron con mucha lucha. Yo pienso que Luiz Inacio no puede justificar esta ley, afirmando que solamente él estaría autorizado a hacer eso, por que es oriundo del sindicalismo. Al contrario, él esta usando una falacia para realmente convencer a quien todavía no está convencido de que esta ley es la mejor salida. Todavía confío mucho en el movimiento sindical, a pesar de las divergencias y divisiones.
AND: ¿Cuáles son los problemas actuales del movimiento sindical?
Rosa: — Los movimientos sociales están muy tímidos y el sindicalismo muy debilitado. Algunas instituciones, como la terceración, han contribuido mucho para eso…También la "privatización" o "disminución de la máquina estatal"… Estos procesos, que se iniciaron en la década del 90, en Brasil, debilitaron la administración pública. Ellos ensuciaron el nombre del funcionario público, colocaron la estructura del Estado como un gran elefante blanco, ineficiente. ¿Para que? Para que la "iniciativa privada" asumiese diversas funciones que son del Estado, como la salud y la educación.
AND: El ministro de planeamiento afirmó que huelga tenía que tener límite. ¿Cómo ve la intención de la actual gerencia de reglar el derecho a huelga?
Rosa: — La intención del gobierno es clara. Quiere impedir toda y cualquier resistencia. Algunos sectores del gobierno entienden que el funcionario público tiene más derechos en relación a quién está en la iniciativa privada, lo que en cierta medida es verdadero. El trabajador de empresa privada ya perdió muchos derechos. Lo que no quiere decir que tengamos que igualar el funcionario público al del sector privado. Al contrario, el trabajador del sector privado necesita tener más derechos.
Los sindicatos tienen que retomar un papel más ofensivo, no solo tratando de garantir lo poco que tiene, mas exigiendo más. Ellos tienen que exigir salarios dignos, que la jornada de trabajo sea reducida, que la hora extra sea prohibida, etc. Las personas tienen que tener derecho a la vida además del trabajo. Más importante, nosotros necesitamos tener jornadas menores para tener empleo para todos.
AND: El gobierno afirma que quiere limitar la huelga en servicios esenciales por que la población ha sufrido con las paralizaciones en el servicio público.
Rosa: — El derecho de huelga visto desde el punto de "yo no fui atendido" es una imagen distorsionada de la realidad, en que el interés individual prevalece sobre el colectivo.
Ninguna injusticia puede permanecer impune, mas aquellas que, muchas veces, acaban apareciendo en evidencia en el monopolio de la imprenta no tiene mucho que ver con la globalidad del sufrimiento por el cual pasa nuestro pueblo.
Claro que un contingente tiene que ser destinado para atender lo que realmente sea emergencia. Pero no es necesaria una ley para eso, ya que la propia lógica huelguista — y el respeto que el movimiento tiene con la población — jamás descuidó de ese aspecto. Al final quien hace huelga sale del propio pueblo oprimido y conoce muy bien la realidad del servicio prestado al público. Además, no hay ni habrá ninguna ley que verdaderamente impida huelgas. En este caso, el derecho de huelga es el derecho legal de incomodar.
AND: Si aprobada la restricción de derecho de huelga de los funcionarios públicos ¿ella va a atingir a todos los trabajadores?
Rosa: — Ciertamente. Todas las veces que se abren brechas para retirar derechos de alguien, puede estar seguro que siendo usted un trabajador, mismo de empresa privada, será atingido. Ellos van a tener dificultades para aprobar esa medida. No fuimos vencidos. La resistencia todavía es tímida, pero existe. Yo creo en el poder de esa resistencia.
AND: Algunos sindicalistas han afirmado que en el caso de un cercenamiento del derecho de huelga, existiría la posibilidad de una huelga general. ¿Cómo usted evalúa esta posibilidad?
Rosa: — Sin duda es necesario preparar el terreno para algo muy fuerte. El gran patrón tiene miedo del trabajador. El trabajador es que no sabe la fuerza que tiene.
AND: ¿Existe alguna posibilidad de modificación en la Constitución Federal, ya que el derecho de huelga es cláusula pétrea (no puede ser modificado)?
Rosa: — No podemos ignorar esta posibilidad. El Congreso quiere "limitar el derecho de huelga" en el sector público por que también se opone a él en el sector privado. Tendría que proponer una Enmienda Constitucional por que la Constitución habla en reglamentar, no en restringir. También el Supremo Tribunal Federal (que juzga todos los procesos en última instancia) es formado por una parcela significativa de personas indicadas por el actual gobierno y ese grupo está muy comprometido con quien lo indicó.
AND: ¿Cómo analiza la ley actual — del sector privado — que va a ser utilizada por analogía al sector público?
Rosa: — El exceso de formalismo en esta ley es justamente para impedir que la huelga se realice. No es dado a ninguna ley el derecho de restringir lo que la Constitución no restringe. Dudo que algún sindicato haya seguido literalmente todos los pasos que esa ley determina para la deflagración de la huelga por que tornarían imposible el ejercicio del derecho. Ni por eso las huelgas fueron declaradas ilegales.
No es posible aplicar esa ley. Esta discusión está completamente equivocada, fue colocada de manera oportunista y no atiende a los intereses de los trabajadores ni a los de la sociedad. Ella solamente atiende a los intereses del gran capital. Y el Estado está actuando en nombre de una parte de ese gran capital.
AND: Nosotros todavía tenemos una legislación que penaliza los huelguistas. ¿Cómo ve la cuestión de la criminalización de la lucha sindical y de la creación por el Estado de un aparato represivo y de intervención en el movimiento huelguista?
Rosa: — Esto es un retroceso. La criminalización, hoy, significa volver a las degradantes condiciones de 1886, razones por las cuales el 1º de Mayo fue instituido, y a todas las razones que, en nuestros días, con o sin ley, los trabajadores tienen que hacer huelga.
*Pelego: En Brasil nombre dado a aquel "líder" sindical o político que tiene la función de amortiguar y distraer la lucha de sus representados. Trabaja disimuladamente contra los intereses de los trabajadores
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